EL COLEGIO, SUS FINES Y FUNCIONES

Corresponde por ley al Colegio de Mediadores de Seguros ejercer la representación y defensa de la profesión del Mediador de Seguros ante la
administración, instituciones, tribunales, entidades y particulares con legitimación para ser parte en cuantos litigios afecten a los intereses
profesionales de sus colegiados.

Entre sus fines y funciones podemos destacar:

  • La ordenación de la profesión, dentro del marco legal respectivo, en el ámbito de su competencia en beneficio tanto de la sociedad a la que sirven como de los intereses generales que le son propios.
  • Vigilar el ejercicio de la profesión, facilitando el conocimiento y cumplimento de todo tipo de disposiciones legales que afecten a la misma y haciendo cumplir la ética profesional y las normas deontológicas que le sean propias.
  • Procurar la armonía y colaboración entre los colegiados, impidiendo la competencia desleal entre ellos.
  • Proteger y defender la profesión contra el intrusismo profesional, impidiendo el ejercicio de la actividad de Mediador de seguros, cuando no se observen los requisitos legales, ejerciendo las acciones que las leyes establezcan para evitarlo.
  • Procurar la mejor imagen de la profesión y su conveniencia mediante campañas o actuaciones al efecto del propio colegio y se sus colegiados.
  • Contribuir a una adecuada formación profesional y actualización de los conocimientos profesionales de sus colegiados.